En qué anda el sistema NON DOM ?
- B&P Consulting

- 3 sept 2025
- 2 Min. de lectura

Me pidieron varias veces que hable de la actualidad del sistema non-dom, así que ahí va.
Desde el 6 de abril de 2025, el Reino Unido eliminó su régimen fiscal conocido como “non-dom” mediante la entrada en vigencia de la Ley de Finanzas 2025. Ese sistema permitía a residentes extranjeros no tributar por cierta renta extranjera no remitida a UK.
Con la reforma, cualquier persona que sea residente fiscal británica quedará sujeta a tributos sobre su renta mundial, sin importar el origen de sus ingresos.
En respuesta a la reforma, el gobierno británico introdujo un alivio transitorio. Los nuevos residentes gozarán de una exención completa sobre ingresos y ganancias de fuente extranjera durante sus primeros cuatro años como residentes fiscales, antes de quedar sujetos a renta mundial de forma plena.
Quienes ya se encontraban bajo el régimen “non-dom” acceden a un mecanismo temporal que les permite regularizar fondos acumulados en el exterior con tasas reducidas: 12 % para los años fiscales 2025/26 y 2026/27, y 15 % para 2027/28.
Otros países europeos aún mantienen sistemas similares para no domiciliados, aunque con características distintas. En Chipre, el régimen “non-dom” está vigente y ofrece exenciones totales sobre dividendos, intereses y ganancias de capital durante hasta 17 años para individuos residentes fiscales que no sean considerados domiciliados.
Malta también conserva su régimen para residentes no domiciliados, que tributan solo sobre los ingresos generados en Malta o sobre los ingresos del exterior que remiten al país. Bajo programas especiales, como el Global Residence Programme, se aplica una tasa fija del 15 % a los ingresos extranjeros remitidos, con un mínimo anual de alrededor de 5 000 €. Esta exención no tiene límite temporal, lo que lo hace especialmente atractivo extranjeros.
En Irlanda, el régimen “non-dom” permite a residentes fiscales no domiciliados tributar sobre sus ingresos extranjeros únicamente si los llevan al país, es decir, funciona bajo el sistema de “remittance basis”. A diferencia del Reino Unido, Irlanda no impone un cargo anual por usar este esquema, ni tiene normas de “domicile presunta” que limiten su duración. El sistema es más simple y con menos restricciones.
Sin embargo, la eliminación del régimen británico evidencia una tendencia global: los beneficios fiscales especiales para extranjeros están siendo revisados y reducidos.
Aunque Chipre, Malta e Irlanda todavía ofrecen ventajas, podrían verse presionados a reformarlas en el futuro. Para quienes planifican reubicarse o estructurar negocios internacionalmente, la clave está en monitorizar no solo las normas vigentes, sino también las señales regulatorias. Un beneficio atractivo hoy puede dejar de serlo mañana.







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