Hoy vamos a hablar de las propiedades. Qué hago con mis propiedades antes de irme?
Esto es de hecho de una de las cosas qué más nos consultan quienes estan pensando en irse. Qué hago con mis inmuebles? Puedo seguir teniendo propiedades si me voy a vivir a otro país? Puedo perder la residencia fiscal si sigo teniendo mis propiedades?
Vamos por partes. Desde el punto de vista netamente migratorio, no existe ningún impedimento para que sigas teniendo tus propiedades en el país que se te antoje. Asumiendo que te mudás a un país libre, no deberías tener mayores inconvenientes en tu destino tampoco. A lo sumo deberás reportar la existencia de los mismos y su respectiva renta, pero eso ya no es migratorio sino fiscal.
Respecto del punto de vista fiscal, en Argentina se puede designar un responsable sustituto ante la autoridad que te suplante a los fines fiscales respecto de las obligaciones que genere la propiedad. Por ejemplo, frente al impuesto a los Bienes Personales.
Respecto de la renta, esta tambien queda gravada en orígen, y si te mudás a un pais con un sistema de renta mundial entonecs esta renta también deberá ser informada allí. Respecto de si terminará tributando o no en tu nuevo país, dependerá de las alícuotas correpondientes, tratados y "foreign tax credit".
Pero ahora la pregunta del millón. Y la residencia fiscal, se puede perder teniendo propiedades en Argentina?
La respuesta es sí, siempre y cuando la renta proveniente de esas propiedades no constituya tu principal sustento. Caso contrario no se concreta la perdida del centro de intereses económicos, siendo el emigrante totalmente dependiente de la renta argentina para su supervivencia.
Pero la cosa cambia cuando las propiedades no tiene renta, o tienen una renta mínima. De hecho mucha gente que se va, le deja sus propiedades a algún familiar que antes estaba pagando un alquiler, y se las deja gratis únicamente para que se las cuiden hasta que se vendan. Como esto puede llevar años, el familiar chocho de la vida.
En este caso, donde las propiedades dejan de generar renta y por lo tanto no contribuyen significativamente al sustento económico del propietario, entonces no existe impedimento para que se constituya la perdida del centro de intereses económicos. Luego en consecuencia, en tanto y en cuanto se cumplan con el resto de los requisitos, la residencia fiscal tambien se pierde. Si tienen dudas sobre estos temas, no duden en contactarse con nosotros para que podamos ayudarlos.
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