Todo lo que siempre quisiste saber sobre AI y Copyright y no te animaste a preguntar.
- B&P Consulting
- 23 jun
- 4 Min. de lectura

Todo lo que siempre quisiste saber sobre AI y Copyright y no te animaste a preguntar.
La inteligencia artificial ya no es solo un buzzword: es tu coautor, tu diseñador, tu letrista y tu productor. Pero a la hora de registrar lo que generaste con ella, aparecen las preguntas difíciles: ¿es tuyo? ¿es del bot? ¿se puede proteger? ¿alguien te puede demandar?
En este artículo respondo muy brevemente todas esas preguntas que flotan en la cabeza de artistas, creadores y emprendedores tech cada vez que aprietan “enter” en un prompt.
1. ¿Puede una obra generada por IA tener derechos de autor?
En la mayoría de las jurisdicciones, no. Las leyes actuales reconocen derechos de autor solo a las personas humanas: la IA por sí sola no puede ser autora legal de nada.
2. ¿Quién sería el titular: el usuario, el desarrollador del modelo, la IA...?
Si hay intervención humana sustancial, el usuario puede ser titular. Si no la hay, no hay titular legal: dominio público. La IA no puede ser dueña, y el desarrolladortampoco, salvo que lo diga en sus términos de uso.
3. ¿Qué pasa si la IA se entrenó con obras protegidas por copyright?
Esto es un tema. Algunas demandas argumentan que usar contenido protegido como input sin permiso es ilegal; otras defienden que es "fair use". Aún no hay consenso legal ni precedentes definitivos.
4. ¿Cuánto tiene que aportar un humano para que algo sea “suficientemente original”?
Depende del país, pero se exige un mínimo de creatividad humana. Ajustar un prompt o elegir entre varios outputs suele ser poco; editar, mezclar, curar con intención ya puede sumar originalidad.
5. ¿Se puede registrar legalmente una canción, imagen o texto creado con IA?
Si fue 100% generado por IA, en muchos países no se puede registrar. Pero si hay edición o intervención humana significativa, algunos registros lo permiten parcialmente
6. ¿Qué precedentes legales hay y qué dicen los tribunales?
Pocos, y en evolución. En USA., por ejemplo, ya se rechazaron registros donde no hubo autor humano, pero el debate sigue abierto.
7. ¿Cómo se reparten los royalties si hay co-creación entre humano e IA?
La IA no cobra (por ahora). Pero si usaste modelos o plataformas con términos específicos, esos contratos podrían imponer condiciones, licencias o restricciones al uso comercial del output.
8. ¿Qué herramientas legales existen hoy para proteger este tipo de obras?
Se puede usar registro de derechos de autor si hay edición humana, contratos claros entre partes, marcas si el contenido es parte de una identidad visual, y licencias si el material va a compartirse o venderse.
9. ¿Cómo se anticipan los contratos creativos a este nuevo escenario?
Algunos contratos ya incluyen cláusulas sobre uso de IA, atribución y propiedad del output. Lo clave es dejar por escrito quién es responsable y qué pasa con lo generado por herramientas automatizadas.
10. ¿Qué implica esto para músicos, artistas, desarrolladores y plataformas?
Que hay que moverse con estrategia legal. No se trata solo de ser creativo, sino de saber cómo proteger, monetizar y evitar líos en un ecosistema donde la ley todavía no sabe bien qué opinar.
Casos reales y caminos posibles: ¿quién puede reclamar qué?
Durante 2024 y 2025, se multiplicaron las demandas contra gigantes de la IA como OpenAI, Midjourney y Stability AI. ¿El reclamo central? Que estas empresas usaron obras protegidas por copyright para entrenar sus modelos sin permiso. Autores, editoriales, medios y estudios de cine alegan que su trabajo fue explotado masivamente como insumo, sin licencia ni compensación.
Este conflicto gira en torno al uso de datos protegidos como input, no sobre el ownership del contenido que generan los usuarios. Sin embargo, algunos autores sostienen que si la IA se entrenó con sus obras, y el output generado es "derivado" de esas obras, entonces también deberían tener derechos sobre el resultado. Esta tesis es muy discutida y aún no fue validada judicialmente, pero podría abrir un nuevo frente: propiedad compartida o reclamos cruzados sobre la producción generada por IA.
Por otro lado, las propias empresas de IA —como OpenAI o similares— no han reclamado ser titulares de lo que crean sus usuarios. Es más: muchos de sus términos de uso aclaran que el contenido generado por el usuario es de su propiedad, salvo que viole alguna ley o derecho de terceros.
¿Podrían reclamarlo en el futuro? En teoría, sí. Podrían argumentar que el resultado no sería posible sin su arquitectura, entrenamiento, diseño de modelo y propiedad intelectual técnica. Pero hasta el momento, no hay jurisprudencia ni doctrina consolidada que les reconozca derechos sobre el output, salvo excepciones contractuales muy específicas.
¿La IA como instrumento... o como coautor?
Imaginemos esto: Jimmy Hendrix toca su Stratocaster y revienta la historia del rock. Fender, que fabricó la guitarra, jamás podría reclamar ser coautor de nada. La guitarra fue la herramienta, el canal, el instrumento. El genio —y por ende el derecho— fue todo de Hendrix.
Durante años, ese fue el consenso legal y cultural: el fabricante de una herramienta no es dueño de lo que se crea con ella.
Pero con la IA, la cosa se complica.
OpenAI (u otra empresa de IA) podría argumentar que su modelo no es solo un "instrumento pasivo", sino un sistema altamente sofisticado que participa activamente en la creación. Y que si el usuario solo escribió "haceme una canción estilo Amy Winehouse cantada por un gato", sin aportar ideas musicales, melodías ni letras propias, entonces el aporte creativo del humano es mínimo o nulo.
Acá es donde la analogía se tensa: en el caso de Hendrix, el input creativo ya existía en su cabeza; la guitarra lo amplificó. Pero con una IA, muchas veces el input humano es solo una instrucción básica, que delega la creatividad misma a una máquina. En lugar de ser canal de expresión, la IA es muchas veces fuente del contenido.
Por eso algunos teóricos del copyright plantean que en este nuevo paradigma, el modelo podría considerarse más que un mero instrumento: una especie de "coautor estructural". Es un argumento arriesgado, sí, pero no tan ridículo como hubiera parecido hace cinco años.
De todas formas, y esto es clave: hoy por hoy, ni las leyes ni la jurisprudencia reconocen a la IA (ni a sus creadores) como autores o titulares legales del contenido generado por los usuarios. Pero al ser tan debil el aporte humano, sin lugar a dudas veremos este argumento en tribunales mas temprano que tarde.
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